El 2 de septiembre, día en que Calderón dio un mensaje y no el informe a que le obliga el artículo 69 de la Constitución, las calles aledañas al Zócalo capitalino fueron tomadas por miembros de la Policía Federal Preventiva y del Estado Mayor Presidencial. En esos lugares, se restringieron de facto para todas las personas las garantías de libre tránsito, de reunión y de manifestación, sin que el Congreso de la Unión lo autorizara, tal como lo establece el artículo 29 de la Carta Magna.
Un grupo de legisladores de los partidos del Trabajo y del PRD quisimos acercarnos a las puertas de Palacio Nacional para leer un documento. En él criticamos el aparto represivo del gobierno de Calderón, la militarización anticonstitucional del país, la violación de los derechos humanos, el fracaso de las políticas económicas del gobierno y, exigimos la renuncia del gobierno de facto. Las fuerzas del orden nos impidieron el paso como a muchos otros ciudadanos y no pudimos leer el contenido del texto en el sitio público en el que queríamos hacerlo.
Además, elementos del Estado Mayor y de la Policía Federal Preventiva, vejaron y golpearon algunos de nuestros compañeros y a reporteros que se encontraban en el lugar. Los legisladores, además de expresar nuestro descontento por la suspensión de facto de las garantías individuales para todos los ciudadanos, reclamamos la violación al fuero constitucional.
¿Qué es el fuero? No es como se piensa un privilegio para las personas sino para las funciones públicas que desarrollan los legisladores. La razón de ese privilegio obedece a que en la labor legislativa, el poder ejecutivo, otros poderes formales y los poderes fácticos, buscan limitar las atribuciones de los legisladores para impedir que éstos representen el interés nacional.
El fuero garantiza la libertad e independencia de los legisladores. Se manifiesta en la protección de una libertad e independencia de tres tipos: 1) De conciencia para que el legislador vote y opine libremente; 2) Física, para que en el ejercicio de sus funciones no se use violencia física o moral; y, 3) Jurídica para no ser reconvenidos por las opiniones y votos que se expresan. En el caso concreto, se infringieron las tres libertades, porque se nos impidió expresarnos en el sitio público que queríamos, se golpeó y vejó a legisladores para que no nos manifestáramos para cuestionar al gobierno de facto y, el uso de la fuerza pública, implicó una reconvención contraria al principio que garantiza la inviolabilidad de las opiniones de los legisladores.
Dr Jaime Cárdenas Gracia
Diputado Federal
lunes, 7 de septiembre de 2009
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